1.- Los beneficiarios deberán realizar, dentro de los plazos establecidos, el trabajo por el que optan al premio.
2.- El beneficiario deberá facilitar a la Diputación Provincial de Huesca, a los seis meses a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la correspondiente notificación de concesión de la ayuda, un informe que contenga los siguientes apartados:
Situación de la investigación hasta la fecha.
Evolución del trabajo, grado de cumplimiento del plan de trabajo propuesto. Incidencias.
Informe de la persona que avaló el proyecto, valorando el desarrollo del mismo hasta el momento.
Al finalizar el trabajo, los beneficiarios deberán entregar un ejemplar del mismo impreso y otro en CD-ROM o disquete, adjuntando además, un informe de la persona que avaló el proyecto, valorando el desarrollo y los resultados del mismo.
La propiedad de los trabajos corresponderá a la Diputación Provincial de Huesca, que podrá publicarlos por el procedimiento que estime oportuno. En el caso de que la totalidad o una parte del trabajo vaya a ser publicado por otra entidad, deberá solicitarse autorización a la Diputación Provincial de Huesca, con una antelación mínima de un mes. Además, deberá constar de forma expresa la ayuda concedida por la Diputación Provincial de Huesca.
La alteración de las condiciones que determinaron el otorgamiento de las becas o la concurrencia de otro tipo de ayudas sobrevenidas o no declaradas por los beneficiarios que, en su conjunto o aisladamente, superen el coste de la actividad a realizar, darán lugar a la modificación de los efectos de la concesión y, en su caso, al reintegro del importe que corresponda.
A los efectos que se señalan en el apartado anterior, los beneficiarios deberán comunicar a la Diputación Provincial la concesión de otras ayudas o becas que se concedan para la misma finalidad y que proceda de cualquier Administración o entidad pública o privada, nacional o internacional.
El beneficiario podrá renunciar a la beca y quedará liberado del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida. La renuncia se formulará por escrito y deberá ser previa o bien al inicio del proyecto subvencionado o bien a su cobro. Cuando se realice con posterioridad, el beneficiario reintegrará las cantidades percibidas.
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