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Condiciones Generales
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Sin perjuicio de las
particularidades que en cada apartado se señalan,
la presente convocatoria estará sujeta a las siguientes
condiciones generales:
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Podrán optar a estos
premios todas las personas físicas y, en su caso, jurídicas
de nacionalidad española o extranjera, sin límite
de edad, y que cumplan las bases de este concurso. |
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No se concederán
premios a los particulares, entidades o empresas que se
hallen incursos en procedimientos de cobro por vía
de apremio de deudas contraídas con esta Corporación.
Dada la naturaleza de las ayudas (premios) a conceder
bastará una declaración responsable de no
estar incurso en ninguna de las causas que se en el artículo
13 de la Ley 38 / 2003, de 18 de noviembre, General de
Subvenciones.
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Las solicitudes (disponibles en www.dphuesca.es y www.dphuesca.es/felixdeazara)
dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación
Provincial de Huesca y los trabajos, se presentarán
en el Registro General de la Diputación Provincial
de Huesca, ubicado en la calle Porches de Galicia n.º
4, 22.071 de Huesca, o a través de cualquiera de
las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las personas físicas y/o empresas privadas y las
asociaciones sin ánimo de lucro solicitantes deberán
entregar una fotocopia del NIF/CIF.
En el caso de que un mismo interesado opte a varios premios
o becas deberá presentar solicitud individual por
cada uno de los proyectos o trabajos.
Si la solicitud de iniciación no reuniera los
datos de identificación, tanto del premio, beca
o ayuda solicitada como de la entidad solicitante y /
o cualquiera de los previstos el artículo 70 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común,
se requerirá a la entidad u organización
solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo
71.1 de la citada Ley.
Cuando en una solicitud figuren varios interesados, deberán
indicar el importe de subvención a aplicar a cada
uno de los solicitantes y sus cuentas corrientes. En su
defecto se efectuarán las actuaciones a que den
lugar, incluido el pago del premio, beca o ayuda, con
el representante y, en su defecto, con el que figure en
primer término.
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El plazo de presentación de solicitudes comenzará
a partir del día siguiente al de la publicación
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia y se prolongará hasta el 31 de octubre
de 2009.
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El Anexo correspondiente
a cada categoría deberá rellenarse en su totalidad,
independientemente de que la información venga detallada
en la documentación que se adjunte. |
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Cuando un mismo concursante presente varios trabajos
que contengan medios audiovisuales, podrá agruparlos
en un mismo soporte (con el número de copias solicitado
en cada caso), acompañando una relación
que permita su localización mediante número
de orden, título, tiempo de duración, etc.
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El importe total de los
premios, becas y ayudas a la edición se imputará
a la partida 2008.5108.444.481.00, documento de Retención
de Crédito núm. 244 y, en su caso, a la partida
que al efecto se habilite en el presupuesto del ejercicio
2009, quedando en este caso supeditado a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en el citado ejercicio. |
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Las cuantías señaladas
como premios en cada uno de los apartados son cantidades
brutas, por lo que el importe líquido a percibir
será el resultante de aplicar a las mismas, las deducciones
que en cada caso corresponda de acuerdo con la legislación
vigente. |
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Jurado calificador:
Para el examen y calificación de los trabajos
presentados, se formará un jurado que estará
integrado por:
» Presidente. El de la Diputación
Provincial de Huesca o persona en quien delegue.
» Vocales:
- El Presidente de la Comisión de Desarrollo y
Turismo o persona en quien delegue.
- Los portavoces de los grupos políticos de la
Comisión de Desarrollo y Turismo o personas en
quienes deleguen.
- Un representante de la Consejería de Medio Ambiente
del Gobierno de Aragón.
- El Director del Instituto de Estudios Altoaragoneses
o persona en quien delegue.
- Un representante de la Consejería de Educación
del Gobierno de Aragón.
- Un representante de la Universidad de Zaragoza.
- Un representante de la Asociación de la Prensa
de Aragón.
- Un representante de la Cámara de Comercio e Industria
de la provincia de Huesca.
- Un representante de las Asociaciones de fotógrafos
de la provincia de Huesca o de la fototeca de la Diputación
Provincial de Huesca.
» Secretario. El Jefe de la Sección
de Desarrollo y Comarcalización.
Todos los miembros de jurado tienen voz y voto.
El jurado se reunirá previa convocatoria de la
Presidencia, siendo válidas las sesiones celebradas
con la asistencia mínima de un tercio de sus componentes,
pudiendo contar, además, con el asesoramiento técnico
necesario.
El fallo del jurado, que se adoptará por mayoría
simple de los miembros asistentes, teniendo el Presidente
voto de calidad, se elevará a la presidencia de
la Corporación para la adopción de la correspondiente
Resolución.
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A propuesta de uno o varios
miembros del jurado, se podrán cambiar trabajos que
se hayan presentado en un determinado apartado a otro, por
considerar que encaja mejor dentro de la nueva ubicación
atendiendo al tema, la estructura, etc., siempre que la
mayoría simple de los miembros del jurado así
lo decida. |
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El jurado podrá
dejar desierto alguno de los premios si no se presentara
ningún trabajo cuyo contenido se hiciera acreedor
al mismo. |
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El jurado calificador
de los trabajos podrá proponer, por motivos de interés
y calidad, la publicación de alguno de los trabajos
presentados en el apartado de “Premios” o “Becas
de investigación” |
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Los miembros del jurado
podrán promover y proponer para un premio a asociaciones,
empresas o particulares que hayan desarrollado algún
proyecto de especial repercusión en la provincia,
en su categoría correspondiente y en aquellos casos
en los que no se haya presentado ningún trabajo para
dicha categoría. |
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El jurado, por unanimidad,
podrá conceder una mención honorífica
a cualquier trabajo o proyecto cuando su calidad, interés
y prestigio así lo requieran o bien, a aquellas iniciativas
que hayan destacado especialmente en la provincia. |
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El jurado, en su selección,
valorará especialmente:
» Los contenidos técnicos de las propuestas.
» El carácter innovador de los trabajos presentados.
» La metodología, la trayectoria y la proyección
de futuro.
» El desarrollo de los distintos procesos.
» La presentación.
» Los objetivos del trabajo.
» La colaboración con otros organismos.
» Cualquier otro criterio que considere necesario
aplicar a la vista de las propuestas presentadas.
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La resolución a
adoptar por la Presidencia de la Diputación, visto
el fallo del Jurado, se dictará en el plazo de tres
meses a contar a partir del siguiente a la fecha de finalización
del plazo de entrega de los trabajos (31 de octubre de 2009),
se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia
y se incluirá en la página web de esta Diputación
(www.dphuesca.es). Sólo se dará traslado del
decreto de resolución, de manera particular, a los
premiados |
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Los trabajos premiados
podrán ser utilizados por la Diputación Provincial
de Huesca, sin ningún tipo de restricción,
en cualquier publicación o actividad que programe. |
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Se entenderá que
el beneficiario acepta el premio si, en el plazo de 10 días
a contar a partir del día siguiente a la recepción
de la comunicación, no se manifiesta en sentido contrario. |
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El beneficiario podrá
renunciar al premio, beca o ayuda y quedará liberado
del cumplimiento de la carga o finalidad a que se halle
afectado. La renuncia se formulará por escrito y
deberá ser previa al inicio de la actividad premiada
o a su cobro. Cuando se realice con posterioridad, el beneficiario
reintegrará las cantidades percibidas. |
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Los premios serán
compatibles con otras subvenciones, ayudas, premios, etc.
En los casos de becas y ayudas a la edición también
serán compatibles con otro tipo de ayudas, con los
límites que en cada caso se establecen. |
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La Diputación
Provincial podrá comprobar por los medios que resulten
más adecuados que las becas y ayudas a la edición
han sido destinadas al fin para el que fueron concedidas
pudiendo exigir, en otro caso, el reintegro de las cantidades
percibidas y las responsabilidades que procedan. |
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Los trabajos no premiados
podrán ser retirados por sus autores, en la Sección
de Desarrollo y Comarcalización de la Diputación
Provincial de Huesca, a partir del día siguiente
al de la fecha de publicación del anuncio de la resolución.
No obstante, la Corporación, en su caso, de oficio
podrá proceder a la devolución de los trabajos
presentados. |
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Los premiados se comprometen,
en los casos en que sea solicitado, a presentar un póster
con el resumen de su actuación. |
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La entrega de estos premios
se realizará en el mismo acto que se produzca la
del galardón “Félix de Azara”
y tendrá lugar en el Salón de Actos de la
Diputación Provincial de Huesca. Los premiados, salvo
causa de fuerza mayor, se comprometen a asistir al mismo.
En su momento, se comunicará a los ganadores, y al
público en general, el día y hora de celebración
del citado acto. La Diputación de Huesca podrá
utilizar la imagen de los premiados para la difusión
de las distinciones y contenidos medioambientales “Félix
de Azara”. |
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El hecho de participar
en este concurso implica, por parte de los concursantes,
el conocimiento y aceptación de las presentes bases.
En lo no previsto en la presente convocatoria se regirá
por lo previsto en la Ley 38/2003, de 18 de noviembre,
General de Subvenciones, en la Ley 7/1999, de 9 de abril,
Ley de Administración Local de Aragón y
por el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, Reglamento
de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades
Locales de Aragón, publicado en el Boletín
Oficial de Aragón núm. 139, de 25 de noviembre
de 2002. y en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión
de Subvenciones de la Diputación Provincial de
Huesca.
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Impugnación.
Frente a las presentes bases, que ponen fin a la vía
administrativa, puede interponerse contra las misma, de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
recurso contencioso – administrativo, ante la Sala
de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a su
publicación.
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Todo ello, sin perjuicio
de que la Comunidad Autónoma o el Estado puedan impugnar
los acuerdos locales conforme con los artículos 65
y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las bases del Régimen Local.
Información y Anexos:
Diputación Provincial de Huesca
Área de Desarrollo y Turismo
Porches de Galicia, 4
22071 HUESCA
Tel 974-29-41-18 618 052 470 Fax 974-29-41-11
E-mail: dyc@dphuesca.es www.dphuesca.es y www.dphuesca.es/felixdeazara
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