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| Condiciones Generales
| Sin perjuicio de las particularidades que en cada apartado se señalan, la presente convocatoria estará sujeta a las siguientes condiciones generales: |
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Podrán optar a estos premios todas las personas físicas y, en su caso, jurídicas de nacionalidad española o extranjera, sin límite de edad, y que cumplan las bases de este concurso. |
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No se concederán premios a los particulares, entidades o empresas que se hallen incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con esta Corporación.
Dada la naturaleza de las ayudas (premios) a conceder bastará una declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas que se en el artículo 13 de la Ley 38 / 2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones.
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Las solicitudes (disponibles en www.dphuesca.es y www.dphuesca.es/felixdeazara) dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Huesca y los trabajos, se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Huesca, ubicado en la calle Porches de Galicia n.º 4, 22.071 de Huesca, o a través de cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las personas físicas y/o empresas privadas y las asociaciones sin ánimo de lucro solicitantes deberán entregar una fotocopia del NIF/CIF.
En el caso de que un mismo interesado opte a varios premios o becas deberá presentar solicitud individual por cada uno de los proyectos o trabajos.
Si la solicitud de iniciación no reuniera los datos de identificación, tanto del premio, beca o ayuda solicitada como de la entidad solicitante y / o cualquiera de los previstos el artículo 70 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se requerirá a la entidad u organización solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la citada Ley.
Cuando en una solicitud figuren varios interesados, deberán indicar el importe de subvención a aplicar a cada uno de los solicitantes y sus cuentas corrientes. En su defecto se efectuarán las actuaciones a que den lugar, incluido el pago del premio, beca o ayuda, con el representante y, en su defecto, con el que figure en primer término.
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El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y se prolongará hasta el 31 de octubre de 2010. |
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El Anexo correspondiente a cada categoría deberá rellenarse en su totalidad, independientemente de que la información venga detallada en la documentación que se adjunte. |
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Cuando un mismo concursante presente varios trabajos que contengan medios audiovisuales, podrá agruparlos en un mismo soporte (con el número de copias solicitado en cada caso), acompañando una relación que permita su localización mediante número de orden, título, tiempo de duración, etc. |
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El importe total de los premios, becas y ayudas a la edición se imputará a la aplicación presupuestaria de año 2010 5110.1790.48900, documento de Retención de Crédito núm. 10/161-0 y a la aplicación presupuestaria 5110.1790.22799, documento de Retención de Crédito núm. 10/162-0 respectivamente; en cuanto a gastos imputables al ejercicio siguiente quedaría supeditado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el/los respectivos/s presupuesto/s, según dispone el artículo 174.1 del TRHL.
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Las cuantías señalas como premios en cada uno de los apartados son cantidades brutas, por lo que el importe líquido a percibir será el resultante de aplicar a las mismas, las deducciones que en cada caso corresponda de acuerdo con la legislación vigente. |
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Jurado calificador:
Para el examen y calificación de los trabajos presentados, se formará un jurado que estará integrado por:
Presidente . El de la Diputación Provincial de Huesca o persona en quien delegue.
Vocales:
El Presidente de la Comisión de Desarrollo y Turismo o persona en quien delegue.
Los portavoces de los grupos políticos de la Comisión de Desarrollo y Turismo o personas en quienes deleguen.
Un representante de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
El Director del Instituto de Estudios Altoaragoneses o persona en quien delegue.
Un representante de la Consejería de Educación del Gobierno de Aragón.
Un representante de la Universidad de Zaragoza.
Un representante de la Asociación de la Prensa de Aragón.
Un representante de la Cámara de Comercio e Industria de la provincia de Huesca.
Un representante de las Asociaciones de fotógrafos de la provincia de Huesca o de la fototeca de la Diputación Provincial de Huesca.
Secretario. El Jefe de la Sección de Desarrollo y Comarcalización.
Todos los miembros de jurado tienen voz y voto.
El jurado se reunirá previa convocatoria de la Presidencia, siendo válidas las sesiones celebradas con la asistencia mínima de un tercio de sus componentes, pudiendo contar, además, con el asesoramiento técnico necesario.
El fallo del jurado, que se adoptará por mayoría simple de los miembros asistentes, teniendo el Presidente voto de calidad, se elevará a la presidencia de la Corporación para la adopción de la correspondiente Resolución.
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La propuesta de uno o varios miembros del jurado, se podrán cambiar trabajos que se hayan presentado en un determinado apartado a otro, por considerar que encaja mejor dentro de la nueva ubicación atendiendo al tema, la estructura, etc., siempre que la mayoría simple de los miembros del jurado así lo decida. |
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El jurado podrá dejar desierto alguno de los premios si no se presentara ningún trabajo cuyo contenido se hiciera acreedor al mismo. |
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El jurado calificador de los trabajos podrá proponer, por motivos de interés y calidad, la publicación de alguno de los trabajos presentados en el apartado de “Premios” o “Becas de investigación” |
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Los miembros del jurado podrán promover y proponer para un premio a asociaciones, empresas o particulares que hayan desarrollado algún proyecto de especial repercusión en la provincia, en su categoría correspondiente y en aquellos casos en los que no se haya presentado ningún trabajo para dicha categoría. |
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El jurado, por unanimidad, podrá conceder una mención honorífica a cualquier trabajo o proyecto cuando su calidad, interés y prestigio así lo requieran o bien, a aquellas iniciativas que hayan destacado especialmente en la provincia. |
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El jurado, en su selección, valorará especialmente:
» Los contenidos técnicos de las propuestas.
» El carácter innovador de los trabajos presentados.
» La metodología, la trayectoria y la proyección de futuro.
» El desarrollo de los distintos procesos.
» La presentación.
» Los objetivos del trabajo.
» La colaboración con otros organismos.
» Cualquier otro criterio que considere necesario aplicar a la vista de las propuestas presentadas. |
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La resolución a adoptar por la Presidencia de la Diputación, visto el fallo del Jurado, se dictará en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la fecha de finalización del plazo de entrega de los trabajos (31 de octubre de 2010), se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se incluirá en la página web de esta Diputación (www.dphuesca.es). Sólo se dará traslado del decreto de resolución, de manera particular, a los premiados |
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Los trabajos premiados podrán ser utilizados por la Diputación Provincial de Huesca, sin ningún tipo de restricción, en cualquier publicación o actividad que programe. |
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Se entenderá que el beneficiario acepta el premio si, en el plazo de 10 días a contar a partir del día siguiente a la recepción de la comunicación, no se manifiesta en sentido contrario. |
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El beneficiario podrá renunciar al premio, beca o ayuda y quedará liberado del cumplimiento de la carga o finalidad a que se halle afectado. La renuncia se formulará por escrito y deberá ser previa al inicio de la actividad premiada o a su cobro. Cuando se realice con posterioridad, el beneficiario reintegrará las cantidades percibidas. |
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Los premios serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, premios, etc. En los casos de becas y ayudas a la edición también serán compatibles con otro tipo de ayudas, con los límites que en cada caso se establecen. |
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La Diputación Provincial podrá comprobar por los medios que resulten más adecuados que las becas y ayudas a la edición han sido destinadas al fin para el que fueron concedidas pudiendo exigir, en otro caso, el reintegro de las cantidades percibidas y las responsabilidades que procedan. |
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Los trabajos no premiados podrán ser retirados por sus autores, en la Sección de Desarrollo y Comarcalización de la Diputación Provincial de Huesca, a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de la resolución. No obstante, la Corporación, en su caso, de oficio podrá proceder a la devolución de los trabajos presentados. |
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Los premiados se comprometen, en los casos en que sea solicitado, a presentar un póster con el resumen de su actuación. |
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La entrega de estos premios se realizará en el mismo acto que se produzca la del galardón “Félix de Azara” y tendrá lugar en el Salón de Actos de la Diputación Provincial de Huesca. Los premiados, salvo causa de fuerza mayor, se comprometen a asistir al mismo. En su momento, se comunicará a los ganadores, y al público en general, el día y hora de celebración del citado acto. La Diputación de Huesca podrá utilizar la imagen de los premiados para la difusión de las distinciones y contenidos medioambientales “Félix de Azara”. |
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El hecho de participar en este concurso implica, por parte de los concursantes, el conocimiento y aceptación de las presentes bases.
En lo no previsto en la presente convocatoria se regirá por lo previsto en la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 7/1999, de 9 de abril, Ley de Administración Local de Aragón y por el Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, publicado en el Boletín Oficial de Aragón núm. 139, de 25 de noviembre de 2002. y en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huesca. |
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Impugnación.
Frente a las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, puede interponerse contra las misma, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso – administrativo, ante la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación. |
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Todo ello, sin perjuicio de que la Comunidad Autónoma o el Estado puedan impugnar los acuerdos locales conforme con los artículos 65 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local.
Información y Anexos:
Diputación Provincial de Huesca
Área de Desarrollo y Turismo
Porches de Galicia, 4
22071 HUESCA
Tel 974-29-41-18 618 052 470 Fax 974-29-41-11
E-mail: dyc@dphuesca.es www.dphuesca.es y www.dphuesca.es/felixdeazara |
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